
La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha dictado una importante sentencia reconociendo el derecho a la prestación por riesgo durante la lactancia natural a una trabajadora del Transporte Sanitario de Cuenca. Este fallo anula las decisiones previas del Juzgado de lo Social de Cuenca y del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, que habían denegado la solicitud de la trabajadora.
La demandante, conductora de ambulancia con turnos de 24 horas y largos desplazamientos (hasta 4-5 horas), y con circunstancias personales específicas (mastectomía previa en una mama), solicitó la prestación y una adaptación del puesto al no poder garantizar la extracción regular de leche materna. La empresa y la mutua denegaron la solicitud, argumentando que disponía de un espacio para la extracción y refrigeración.
El Tribunal Supremo, en línea con una sentencia previa que buscaba unificar doctrina, argumenta que la imposibilidad de realizar extracciones o tomas regulares reduce la producción láctea y expone a la madre a riesgos como congestión mamaria o mastitis. La sentencia subraya que la empresa debió realizar una evaluación de riesgos específica, teniendo en cuenta las particularidades de la trabajadora y sus turnos.
Según destacó Carmen Juste (CCOO), esta decisión protege no solo el derecho a la lactancia de la madre, sino también el derecho del propio lactante.
Como resultado, la trabajadora recibirá las cantidades correspondientes a la prestación de forma retroactiva desde la fecha de su solicitud original.
Fecha: 27 de octubre de 2025
Fuente: Europa Press




