El Supremo reconoce a una conductora de ambulancias de Cuenca la prestación por riesgo durante la lactancia que le habían negado

La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha dictado una importante sentencia reconociendo el derecho a la prestación por riesgo durante la lactancia natural a una trabajadora del Transporte Sanitario de Cuenca. Este fallo anula las decisiones previas del Juzgado de lo Social de Cuenca y del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, que habían denegado la solicitud de la trabajadora.

La demandante, conductora de ambulancia con turnos de 24 horas y largos desplazamientos (hasta 4-5 horas), y con circunstancias personales específicas (mastectomía previa en una mama), solicitó la prestación y una adaptación del puesto al no poder garantizar la extracción regular de leche materna. La empresa y la mutua denegaron la solicitud, argumentando que disponía de un espacio para la extracción y refrigeración.

El Tribunal Supremo, en línea con una sentencia previa que buscaba unificar doctrina, argumenta que la imposibilidad de realizar extracciones o tomas regulares reduce la producción láctea y expone a la madre a riesgos como congestión mamaria o mastitis. La sentencia subraya que la empresa debió realizar una evaluación de riesgos específica, teniendo en cuenta las particularidades de la trabajadora y sus turnos.

Según destacó Carmen Juste (CCOO), esta decisión protege no solo el derecho a la lactancia de la madre, sino también el derecho del propio lactante.

Como resultado, la trabajadora recibirá las cantidades correspondientes a la prestación de forma retroactiva desde la fecha de su solicitud original.

Fecha: 27 de octubre de 2025

Fuente: Europa Press